lunes, 6 de octubre de 2014

Trabajadores de LU33 ganaron una demanda por despido: cobrarán 5 millones

La jueza civil Susana Fernández condenó al empresario mendocino a pagar una cifra de 5.000.000 pesos a 21 trabajadores en carácter de indeminización por los despidos en LU33 Emisora Pampeana cuando el empresario abandonó la radio
La radio nació como una emisora vinculada al Estado y en 1991 fue concesionada y la licencia pasó a manos de la familia Legnani. En 2005 el empresario Catena compró las acciones, hasta que en 2009 se desvinculó.

El expediente "Aristoy Zapata, Natalia y otros con Radiodifusora Pampeana S.A. y otros sobre despido indirecto" fue tramitado en el Juzgado Civil 1 de Santa Rosa, a cargo de Susana Fernández.

El reclamo se inició en julio de 2010 luego que un año antes se despidiera a los empleados y éstos denunciaran "vaciamiento" de la emisora. Los mismos trabajadores mantuvieron en pie la radio luego que conformaran una cooperativa. Además hace solidariamente responsable a la firmas Radiodifusora Pampeana SA, Ikelar SA y Luceca SA, integradas por César Alfredo Catena. La sentencia es del 25 de septiembre pasado. El reclamo laboral se inició en julio de 2010.

La trama del juicio fue que Cesar Catena se quiso desprender de la radio sin reconocer la carga laboral que tenía con los trabajadores.

El fallo -del juzgado civil Nº 1 a cargo de Susana Fernández- da por probada la situación de abandono de la radio por parte de Radiodifusora Pampeana SA. “No obstante que la relación laboral de los trabajadores lo era con Radiodifusora Pampeana SA, eran las sociedades titulares del paquete accionario - Ikelar SA y Luceca SA- quienes ejercían la dirección y administración de la empresa a través de su representante, César Alfredo Catena”, señala.

“Asimismo, fueron dichas sociedades quienes el 27 de julio y el 3 de agosto de 2009 comunicaron a los trabajadores su desvinculación con la sociedad empleadora, dejándolos en una situación de total y absoluta incertidrumbre respecto a su situación laboral, al punto que el 7 de agosto se vieron obligados a intimar el pago de los salarios del mes de julio”, explica el fallo.

“Siendo que quienes detentaban el 100% del paquete accionario de la patronal y que se encontraban a cargo de la gestión de la empresa se presentaron a los trabajadores como "totalmente ajenas a Radiodifusora Pampeana S.A.", mal podría concluirse en la inexistencia de abandono de la relación y por ende de injuria laboral, máxime cuando ninguna otra empresa o particular, que no fueran los propios trabajadores a través de un "comité de gestión", se hizo cargo del ejercicio de las funciones de administración de la sociedad empleadora”, explica.

“No obstante ello, los trabajadores, en carácter de "empleados de Radiodifusora Pampeana" continuaron poniendo su fuerza de trabajo a disposición de la empleadora en LU33 y Power 103.7 a través de un "comité de gestión", asumiendo "todas las operaciones en ambas emisoras" con la finalidad de asegurar "la continuidad de las transmisiones y compromisos asumidos con los auspiciantes"”, dice la jueza, invocando lo que expresaba el Acta de Asamblea de Empleados de Radiodifusora Pampeana del 12 de agosto de 2005.

Más adelante dice: "Indudablemente era el señor César Alfredo Catena quien tenía a su cargo la gestión inmediata de las emisoras radiales. Ello infiero de las declaraciones del contador Peralta, asesor contable de Radiodifusora Pampeana SA entre octubre de 2006 y septiembre de 2008, quien testimonió que fue llamado por Catena para prestar ese servicio, arreglando con él las condiciones de la vinculación. Además, el testigo señaló que fue el codemandado quien designó a los coordinadores de la radio, (Claudia) Camiletti y (Gustavo) Loggia, se hacía presente periódicamente solicitando informes de la situación económica y financiera de la empresa, y mantenía con él reuniones al efecto. También la señora (Rosana) Bailo coincidió en sus dichos, afirmando que fue el señor Catena quien le propuso la coordinación de la emisora y era él quien impartía las órdenes y daba las instrucciones sobre el manejo de la radio. La testigo aseguró que “hablaba con él, directamente con él”; que fue el señor Catena quien la puso a prueba y se hacía presente en la radio donde tenía una oficina a su disposición”, dice la jueza Fernández.

Además César Catena cumplía funciones de administrador para Ikelar SA y Luceca SA, según las pruebas obrantes en el expediente administrativo Nº 1136 ComFeR/06. “Precisamente, fue el mismo señor Catena quien presentó al ComFeR la declaración jurada de inhabilidades o incompatibilidades "a los fines de obtener una licencia de servicio de radiodifusión (en representación de Ikelar SA) acompañando la certificación sobre acciones y participación en sociedades, de la que surge su participación en Ikelar SA con el 45% del capital social y en Luceca SA con el 80% del capital social”, dice.

César Alfredo Catena se comportó como “dueño” de las emisoras radiales, dice el fallo. . “Era él quien mantenía el contacto en forma directa con el contador Peralta -a cargo de la administración contable y financiera- y con la señora Roxana Bailo, encargada del manejo y desempeño del personal. Fue también el señor Catena quien presentó al ComFeR todos los antecedentes personales y patrimoniales para obtener la licencia de las emisoras radiales; y lo más relevante, era él junto a su esposa los únicos accionistas de Ikelar SA, detentando además el 80% del capital social de Luceca SA, siendo éstas dos sociedades las que figurraban como propietarias del 100% de las acciones de Radiodifusora Pampeana SA”, detalla.

“Siendo que conforme las disposiciones de las normas societarias, tanto los administradores como los representantes de los entes societarios deben actuar con lealtad y con la diligencia de un buen hombre de negocios, mal podía resultar ajenas al conocimiento, control e incumbencia directa de César Alfredo Catena las maniobras dirigidas a incumplir las obligaciones consecuentes del contrato de trabajo de las sociedades que integraba y controlaba, a su vez dueñas de Radiodifusora Pampeana SA”, dicela sentencia.

El fallo otorga las indemnizaciones a los trabajadores Natalia Lorena Aristoy, Jose Luis Barreiro, Maria Ester Bertera, Daniel Alberto Blandi, Sandra Rosana Cantera, Javier Andres Ernst, Maria Laura Frank, Hugo Anibal García, Sergio Daniel Garello, Graciela Analia Ibarra, Carlos Gustavo Loggia Reynoso, Jose Ernesto Maidana, Jose Arturo Miranda, Marcelo Adrian Monsalvo, Rafael Oviedo, Franco Nahuel Pastrana Pedraza, Griselda Mirta Polero, Marcelo Andres Reynoso, Carlos Romualdo Richard, Hermes Ricardo Torra y Ricardo Sebastian Zorzi.

El reclamo prosperó por una suma actualizada a la fecha de aproximadamente $ 5.000.000 para los 21 empleados que reclamaron.
Fuente: El Diario de La Pampa

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