jueves, 30 de junio de 2011

Asignan frecuencias para TV a Universidades y provincias

La Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual asignó frecuencias para televisión a 43 universidades nacionales del país, a la ciudad de Buenos Aires y a catorce provincias, en el proceso de reordenamiento de la banda UHF, por sendas resoluciones publicadas hoy en el Boletín Oficial
La Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (Afsca), por dos resoluciones publicadas hoy en el Boletín Oficial, asignó frecuencias para televisión a 43 universidades nacionales del país, a la ciudad de Buenos Aires y a 14 provincias.
Por resolución 687/2011, asignó a las Universidades Nacionales las frecuencias en la banda de UHF, en tanto por Resolución 689/2011 asignó a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a los Estados Provinciales las frecuencias en la banda de UHF.
Dice que previo al inicio de las emisiones, deberán solicitar ante este Organismo la asignación de los restantes parámetros técnicos por la Comisión Nacional de Comunicaciones, a cuyo efecto consignarán el lugar de emplazamiento de la planta transmisora.
Así también deberán acompañar la propuesta comunicacional y un informe del que surja la sustentabilidad del proyecto y su infraestructura.
Dice además que podrán emitir experimentalmente con modulación digital, con el estándar ISDB-T, siempre que las frecuencias no se encuentren asignadas con anterioridad. Los que así no lo hicieran, deberán proyectar su migración a esa tecnología en forma prioritaria, a fin de garantizar los beneficios derivados de la digitalización de los servicios.
La resolución cancela además los canales 5 y 41 asignados en su oportunidad a las Universidades Nacionales de Luján y La Plata, respectivamente.
Se asigna a la Universidad Nacional de Córdoba, en su carácter de titular del servicio de televisión abierta identificado como LV80 TV Canal 10, el canal 31 a los efectos de la prestación del servicio de televisión abierta digital, utilizando el estándar ISDB-T.
Previo al inicio de las emisiones del servicio deberá solicitar, ante el organismo, la asignación de los restantes parámetros técnicos por la Comisión Nacional de Comunicaciones, a cuyo efecto consignará el lugar de emplazamiento de la planta transmisora. Las asignaciones efectuadas quedarán sujetas a las diversas medidas que resultarán dable implementar en el marco del proceso de reordenamiento de la banda de UHF, iniciado por Nota CNC Nº 381/09 y necesaria en orden a lo dispuesto por el Decreto Nº 1148/09 y, según corresponda, a los procedimientos de coordinación internacional en el ámbito del Mercosur.
Los licenciatarios afectados por las asignaciones, siempre que se encuentren explotando las frecuencias de conformidad a la normativa aplicable, serán notificados a fin de que presenten —dentro del plazo de treinta días— una propuesta técnica para la reubicación de los canales de la banda de UHF, a los efectos de lograr un uso más eficiente del espectro y teniendo en cuenta la posibilidad de asignar a cada licenciatario canales correlativos.
La propuesta será considerada por Afsca, y en su caso, por la Comisión Nacional de Comunicaciones.
Los licenciatarios correspondientes a los servicios de televisión codificada podrán continuar sus emisiones hasta tanto el organismo requiera su cese.
La resolución, que lleva la firma del titular de Afsca, Juan G. Mariotto, dice en los considerandos que la Ley Nº 26.522, asumió como objeto específico, además de la regulación de los servicios, el desarrollo de mecanismos destinados a la promoción, desconcentración y universalización del aprovechamiento de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación.
Agrega que el servicio de televisión se encuentra en una etapa de transición y evolución con motivo del dictado del Decreto Nº 1148/09, a través del cual se creó el Sistema Argentino de Televisión Digital Terrestre basado en el estándar denominado ISDB-T (Integrated Services Digital Broadcasting Terrestrial), el cual consiste en un conjunto de patrones tecnológicos a ser adoptados para la transmisión y recepción de señales digitales, terrestres, radiodifusión de imágenes y sonidos.
Debido al proceso de transición dice que resulta necesario efectuar las reservas establecidas por la Ley Nº 26.522 con carácter provisorio y sujeto a las medidas que resultarán dable implementar en el marco del proceso de reordenamiento de la banda de UHF.
Asignación de frecuencias a la Ciudad de Buenos Aires y Estados provinciales 
Fuente: Sala de Prensa

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