sábado, 15 de marzo de 2014

Un juez exige a El Tribuno que revele datos de usuarios

El juez federal Nº 2 de Jujuy, Fernando Luis Poviña, pidió los datos protegidos en una acción reservada por averiguación de paradero. AdEPA advirtió que este tipo de actuaciones puede lesionar derechos consagrados en el marco constitucional
Por segunda vez en cinco meses, el juez federal Nº 2 de Jujuy, Fernando Luis Poviña, intimó al diario El Tribuno a revelar datos de usuarios de su página digital. Lo hizo a través de un exhorto que dirigió a su par de Salta, Miguel Antonio Medina, el pasado 28 de febrero.
Según se consigna en la última notificación fechada el pasado viernes 7, el magistrado de la vecina provincia fundó su requerimiento en “Actuaciones Reservadas por averiguación de paradero”. Puntualmente, el juez Poviña exige a este diario que entregue en un plazo de 72 horas los números de protocolo (IP) de internet de las últimas cinco conexiones, así como todos los datos registrales que se dispongan en la base de datos y almacenamiento digital, respecto de los usuarios “Calafate”, “Burrumayo” y “Kanon”.
El departamento legal de la empresa Horizontes S.A. rechazó ayer la orden de presentación, por considerar que el pedido formulado por el juez Poviña implica el grave riesgo de lesionar un derecho fundamental de la democracia como lo es la libertad de expresión de los ciudadanos. Más aún si dicho requerimiento se apoya en una acción que tiene solicitantes, motivaciones, legitimaciones y propósitos que el Juzgado Federal Nº 2 de Jujuy mantiene bajo reserva desde el 29 de octubre de 2013. Ese día, el juez Poviña había solicitado directamente al diario El Tribuno, a través de su secretario Pedro Vázquez (h), la entrega de los datos disponibles, dando cuenta solo del número del expediente abierto, el 297/13.
En contestación a ese primer oficio, el 5 de noviembre del año pasado se le comunicó al magistrado que “esta empresa periodística se ampara en la reserva de la fuente de la información y no revela la misma, máxime en este caso, el cual involucra a lectores que comunican sus ideas en ejercicio del derecho de libre expresión, consagrado en el artículo 23 de la Constitución de la Provincia de Salta”. Tampoco se debe soslayar que los comentarios de lectores, no sólo se limitan a opiniones personales, sino que también ofrecen información muchas veces valiosas para la labor periodística. Empleados públicos, por caso, suelen advertir sobre posibles hechos ilícitos en los organismos donde se desempeñan. No pocas veces esas irregularidades salen a la luz gracias a sus aportes, alentados por la protección de la identidad que suponen sus nicks (nombres de usuarios). No obstante, y por tratarse de comentarios de usuarios que se hicieron públicos junto a diferentes informaciones de El Tribuno digital, este diario decidió compartirlas nuevamente con todos sus lectores para que puedan apreciar el tenor de las mismas.
Develar los protocolos de internet (IP), los nombres, apellidos, direcciones físicas, correos electrónicos y proveedores de internet, como solicitó el juez de Jujuy, no sólo resulta de cumplimiento imposible, dado que El Tribuno no cuenta con todos esos datos personales, sino que además se los considera constitucionalmente protegidos. La salvedad sería la sospecha fundada en un hecho ilícito o la afectación de un principio constitucional de mayor jerarquía, como remarcó el presidente de la Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (AdEPA), Carlos Jornet, tras tomar conocimiento de la intimación.
El ordenamiento constitucional garantiza el derecho de todos los habitantes de la Nación a difundir sus ideas sin censura previa. También protege el secreto de las fuentes y registros periodísticos, e impone a los jueces el deber de actuar con suma prudencia para no vulnerar derechos y garantías que están reconocidos, además, en los tratados internacionales que Argentina se comprometió a respetar con la reforma constitucional de 1994. El mismo marco, asimismo, condena toda forma de persecución política o ideológica, y a juzgar por el tenor de los comentarios vertidos por los usuarios en cuestión, una acción reservada de la que nada se sabe, podría lesionar, también en este sentido, derechos esenciales.

Comentarios de los tres usuarios
Burrumayo
- Denuncian por extorsión y daños a tupamaros
Dice el título “Luego del enfrentamiento con la policía. Denuncian por extorsión a tupamaros” ¿Los guerrilleros de Uruguay? Los de acá serían “Tupacmarus o Tupacmareños” ¿No? 26/07/13
- Dos represores condenados se fugaron y ya ordenaron su captura.
Eran prisioneros de guerra y cumplieron con su deber. Escapar, inflingir daños al enemigo y prepararse para otro combate. 26/07/13
- Caos en organismos públicos por dos demandas sociales postergadas
¿Como Tupamaros? Esos son los “jóvenes idealistas” uruguayos, terroristas viejos. Estos son Tupamarucos o Tupamareños, terroristas en vigencia. Este diario no puede equivocarse así, da impresión de ligereza y falta de seriedad al informar. 25/07/13
- Liberaron a los detenidos de la Tupac Amaru
La culpa no la tiene el chancho (Con perdón para esos animales), síno kuien les da de komer. Todavía Salta está a tiempo, poco, para sacarlos zumbando a esos vagos K. 25/07/13
Calafate
- Contános quién es la mujer que más admirás
A Martína Silva de Gurruchaga, por su coraje, liderazgo y por su desprendimiento económico. Así lo entendió el general Belgrano. También yo. 07/03/14
- La Iglesia pide más debate antes de reformar el Código Penal
Para Fernando: No es política, es moral, ética y cultura, entre otras cosas. Me parece excelente que la jerarquía de la Iglesia opine sobre estas aspectos prioritarios en la vida de las naciones. Negar esto parece ideológico mas que político. 06/03/14
- CTERA lanzó un paro de 2 días si no mejoran la oferta salarial
Lo que digo no tiene nada que ver con la nota, pero pongo acá mi comentario por ser este el artículo más leído hoy. ¡¡Que país de m----!!. MI COMENTARIO: Hoy 25 de Febrero - Nacimiento del PADRE DE LA PATRIA- Lamentablemente en ningun medio figura este dato histórico. 25/02/14
Kanon
- Argentina muy bien posicionada en el mundo por reservas de petroleo y gas no convencional
Totalmente cierto, ahora no se ve tan mal lo que le pagamos a Repsol no? - 3/3/14
- La red de vigilancia quedó mal parada por el robo de un tele
La cuestion no es si claro incumplio el contrato (qeu como siempre es asi) sino que esto salta a la luz por este robo, eso es lo patetico y triste de estos funcionarios. Esto lo saben desde el dia 1 pero estaban callados. 28/02/14
- Una chica apareció ahorcada y semidesnuda, la familia cree que la mataron pero no le hicieron autopsia.
Y las chicas que ‘se suicidaron‘? nunca olvidar - 22/02/14
- Sigue cuestionada la venta de fruta en carro
Scarponetti puede pedir el auxilio de la policia, no es excusa. SIno que renuncie ya que no es apto para el cargo. 18/02/14
- AFIP detectó 11 trabajadores en condiciones infrahumanas en una finca de Chicoana
Siempre lo mismo, después los del campo lloran. 18/02/14
Preservar el derecho de libre expresión
Por: Carlos Jornet, Presidente de AdEPA
La intimación realizada a El Tribuno para que brinde información sobre la identidad de lectores que se expresaron en su sitio de Internet no parece ajustada a pautas mínimas de razonabilidad. Más aún, de la información que nos ha llegado sobre el caso surge que podría representar un acto de censura respecto de las personas cuyos datos son requeridos, así como sobre el medio de comunicación que difundió sus opiniones.
La libertad de expresión es un derecho humano fundamental, que debe preservarse en toda circunstancia, a menos que haya sospechas fundadas de un hecho ilícito o que esté en juego un principio constitucional de mayor jerarquía. Por los datos de que disponemos, el requerimiento judicial no incluye fundamentos de esa naturaleza, por lo que implicaría una presión indebida sobre el medio y sobre el derecho ciudadano de expresarse sin cortapisas.
Es cierto que la incorporación de comentarios de lectores y usuarios en Internet hace posible que en muchos casos se emitan opiniones desde el anonimato o utilizando identidades falsas. Pero no hay razones para acciones judiciales sobre quienes hacen uso de esa posibilidad si al hacerlo no incurren en injurias o calumnias. Es decir, si no se deshonra o desacredita a otra persona o no se le imputa falsamente un delito, como lo tipifica el Código Penal. Por ello, analizaremos el caso en profundidad, para fijar una posición que tienda a preservar dos derechos esenciales que nuestra Constitución protege: las libertades de expresión y de prensa.

Gregorio Badeni: “Poviña tiene una visión distinta a la Constitución”
Por: Daniela Postigo
El juez federal N2 de Jujuy, Fernando Luis Poviña, intimó a diario El Tribuno a revelar los datos personales de tres usuarios de la página digital www.eltribuno.com.ar. Por segunda vez en cinco meses, el magistrado requirió la información a este medio, que le fue negada en ambas oportunidades por el departamento legal de la empresa Horizontes S.A.
Poviña pidió puntualmente a El Tribuno que entregue en un plazo de 72 horas los números de Protocolo de Internet (IP) de las últimas cinco conexiones, así como todos los datos registrales que se dispongan en la base de datos y almacenamiento digital, respecto de los usuarios “Calafate”, “Burrumayo” y “Kanon”. El pedido fue enmarcado como “Actuaciones Reservadas por averiguación de paradero”.
Revelar los datos personales de quienes comentan en la página web de un medio de comunicación lesiona gravemente la libertad de expresión y se contrapone al derecho periodístico de reservar las fuentes de información. Al respecto se expresó el asesor legal de la Asociación de Entidades Periodísticas (Adepa), Gregorio Badeni, quien en diálogo con este diario manifestó su preocupación por el accionar del juez federal de la vecina provincia.

¿La intimación efectuada por el juez Poviña puede considerarse improcedente?
A mi modo de ver la petición del juez es manifiestamente improcedente, de acuerdo a lo que establece la ley 26.032 del año 2005. Esa ley dice que buscar, recibir, y difundir información e ideas de todo tipo a través de la Internet se considera comprendido dentro de la garantía constitucional que ampara la libertad de expresión. Se equiparó a la Internet con todos los medios gráficos y todos los medios de comunicación masiva.
Ustedes reciben los datos de esa persona, pero no los dan a conocer. Reciben una información y la difunden, pero reservan la fuente informativa, que es otro derecho que está amparado por el artículo 43 de la Constitución Nacional: el secreto a las fuentes periodísticas. El juez no puede obligarlos a revelar esa fuente. Si él considera que ustedes con esa manifestación han incurrido en algún perjuicio a alguien es otro tema, pero no puede recabar esa información.

Podemos decir que es algo similar a lo que sucede con las cartas de lectores...
Es lo mismo que pasa con las cartas de lectores: los medios publican una carta de lectores que es agraviante, no dan los datos de la persona que la envió y, si alguien le pide los datos razonablemente y el medio lo decide, puede revelar la fuente, pero normalmente no lo hacen. En estos casos, si los usuarios no quieren que se revele la fuente, los medios no la revelan y están amparados por la ley para hacerlo y asumen las consecuencias de lo que se ha dicho.
Si con esa transcripción se agravia o insulta a alguien, son los medios los responsables del insulto.

¿Si el medio asume la responsabilidad, entonces por qué el juez solicita este tipo de información?
El juez estará actuando en una causa penal y ustedes no tienen por qué dar los datos de esas personas y, al no hacerlo, no están ocultando elementos de prueba para el juez. Que los busque el juez o el fiscal. Ustedes no pueden entorpecer la investigación, pero tampoco tienen por qué facilitarle los datos, sino estarían revelando la fuente de información.

¿Si se revelaran los datos que solicita el juez, se coartaría la libertad de expresión de los usuarios y comentaristas de la web?
No, porque el lector ejerció su libertad de expresión, pero ustedes se exponen. Si los revelan, no tendrán más información o más comentarios en este caso. Tiene que haber verosimilitud razonable entre el requerimiento del dato y el hecho que se investiga y, aunque existiera verosimilitud, tampoco tienen por qué dar la información.
Sin embargo, para que un juez le pida a un medio que abra su banco de datos revelando su fuente informativa, tiene que haber mucha verosimilitud y no advierto que pueda existir en este caso donde se busca un paradero. A lo mejor, quieren saber quién es esa persona, para que a su vez esa persona les dé los datos de alguien...
En el caso de que El Tribuno accediera al pedido de este juez, no sólo comprometería su credibilidad y la protección de datos personales de sus lectores, sino que estaría sentando un precedente que podría afectar a otros medios...
No le quepa la menor duda. Los pedidos de ésta índole son frecuentes y sé que hubo casos que no me consta cómo fueron resueltos pero estimo que los jueces no formularon la petición de las partes o, si la formularon, aceptaron la explicación del medio.

¿Cree que es necesario que se abra un debate para controlar la identidad de las personas que comentan en medios digitales, para que lo hagan con sus datos reales?
¿Para qué lo van a hacer? Los medios reciben información y cuidan que no haya malas palabras o que no sea agraviante. Se trata de abrir el espacio para el lector. Es lo que hacen todos los medios serios. Entonces a ese juez hay que preguntarle si le pediría esa información la versión impresa de El Tribuno, porque la ley 26.032 equipara la Internet con los medios gráficos y le otorga a los diarios online la garantía constitucional de la libertad de expresión. En segundo lugar, ¿por qué voy a revelar la fuente informativa si la Constitución Nacional me ampara para no hacerlo?

Como asesor legal de AdEPA, ¿cómo analiza el pedido del juez?
El derecho responde a una idea sociopolítica dominante. En el caso de nuestra Constitución esa idea sociopolítica dominante es la libertad, de modo que uno llega a la conclusión de que hay jueces, como hay personas, que no son partidarias de una democracia constitucional donde la madre de todas las libertades es la libertad de expresión y, por eso, adoptan decisiones como ésta donde le dan más valor al derecho de la intimidad o a la vida privada o a cualquier otra cosa, pero relegan a un plano secundario a la libertad de prensa. Y eso no se condice con la doctrina de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que dice que la libertad de prensa y la de expresión son libertades básicas y, con mayor énfasis, lo dice la Corte Europea de Derechos Humanos. Yo diría que es un juez que tiene una concepción sociopolítica distinta a la que nutre a la Constitución Nacional.

No vamos a traicionar a la gente
Por: Daniel Chocobar
La insólita presión del juez federal jujeño Fernando Poviña sobre el diario El Tribuno para que revele datos específicos de usuarios registrados en la página web, resulta una medida altamente cuestionable en un estado de derecho, que deja sospechas en las formas y procedimientos judiciales.
Pero sin entrar en el terreno operativo de la Justicia, podemos asegurar que nuestra posición se esgrime desde la pura defensa de los lectores y su libertad de expresión en las diversas plataformas que ofrece este medio.
Esto es de un interés que atañe no sólo al vínculo entre El Tribuno y sus lectores, sino a toda una masa de opinión pública que va en aumento a través de los medios de comunicación digital. Resguardar datos de IP y número de MAC resulta imprescindible no solo para la credibilidad propia, sino también para la de los medios informáticos en general.
La investigación de un posible delito es tarea del juez y del Estado y no de un medio de comunicación.
¿Qué precedente podríamos dejar a nuestros seguidores si abrimos datos confidenciales?
¿Con qué confianza y libertad la gente podría comentar en nuestras plataformas?
¿De qué manera se lesionarían nuestros intereses como medio?
Podríamos esperar, sin duda, una huida en masa de seguidores en las redes sociales y ni hablar de los usuarios registrados en nuestra página web, en la que diariamente se remiten miles de opiniones.
Muchas de ellas son absolutamente críticas de la tarea y pensamiento editorial de El Tribuno, pero aún así se mantienen en la página, sumando adhesiones y rechazos, pero sostenidas por el concepto de libre expresión.
No tenemos militancia rentada que escriba a favor de nuestros contenidos.
Tampoco pagamos para filtrar aquellos comentarios que nos critican duramente.
No nos interesa ese “estilo virtual de interacción” tan de moda en algunos medios locales.
Las opiniones, a favor y en contra, son el verdadero motor que posiciona nuestra marca en los soportes digitales más importantes del país.
Nuestros seguidores son legítimos; existen desde cuentas propias y no duplicadas.
Tienen derecho a opinar sin el temor de ser investigados por la Justicia sólo porque emitieron una expresión que, a nuestro juicio, no encierra agravio, injuria ni calumnia alguna.
Nuestros usuarios son genuinos y por eso los defendemos.
No vamos a traicionar a la gente.

No podemos permitir que destruyan el periodismo digital 
Por: Francisco Sotelo
Las páginas digitales y las redes sociales son una nueva forma de información y comunicación de la que participan masivamente los usuarios.
Y los usuarios opinan. Por razones de privacidad que forman parte de los derechos que la Constitución les asigna, muchos utilizan un seudónimo.
Esas nuevas opiniones que se incorporan al debate público no tienen canon. Algunas son grotescas, otras hirientes, en muchos casos es evidente que han sido disciplinadas por los gobernantes, por los partidos o por organizaciones sociales o ideológicas.
Generalmente, los usuarios aplican una metodología maniquea, insultan, condenan o amenazan.
Y hay opiniones de cualquier laya. Los medios, y también El Tribuno, adoptan la política de bloquear algunos comentarios donde el nivel de injuria, agravio u obscenidad pueden alcanzar grados inadmisibles.
No es el caso de estos tres usuarios por los cuales el juez Fernando Luis Poviña exige a nuestro diario que eche por tierra principios básicos del periodismo. El magistrado está reclamando que traicionemos la confianza de nuestros usuarios y nuestros lectores.
Es cierto que las opiniones de estas personas son radicalizadas, no coinciden con los valores de nuestro diario y, evidentemente, tampoco con los del juez.
En algunos casos, tienen un tono de barricada que comparten con el que usan personas de otros signos políticos.
Ninguno, por cierto, adquiere la gravedad del tuiter del dirigente Luis D’Elía, quien pidió la pena de muerte para un opositor al chavismo.
Los comentarios en páginas digitales y en redes sociales muestran sentimientos viscerales y pensamientos muchas veces irritativos. Hay quienes celebran la violencia política en sus diversos signos, quienes reclaman mano dura en Caracas o en Buenos Aires, o aplauden la demolición de las Torres Gemelas con un saldo de miles de muertos.
¿Es posible perseguir tales opiniones, taparlas y eliminarlas de la agenda? ¿Sería legítimo hacerlo?
El artículo 14 de la Constitución Nacional es categórico: “Todos los habitantes de la Nación gozan del derecho a publicar sus ideas por la prensa sin censura previa”.
El artículo 32 agrega: “El Congreso federal no dictará leyes que restrinjan la libertad de imprenta o establezcan sobre ella la jurisdicción federal”.
Y el artículo 43 protege el secreto de las fuentes de información e impone a los periodistas y medios el deber de preservarlas. “La prensa tiene para sí la obligación ética de preservar las fuentes y los datos obtenidos de ellas ante las empresas, las autoridades y los jueces. Los magistrados tienen la obligación de actuar con prudencia”, coinciden los constitucionalistas.
A su vez, el artículo 23 de la Constitución Provincial de Salta afirma: “Todos tienen libertad de expresar y difundir, sin censura previa, sus pensamientos, ideas, opiniones y críticas mediante la palabra oral o escrita, por cualquier medio de comunicación, así como la libertad de buscar, recibir y transmitir información... Ninguna autoridad provincial o municipal dicta leyes, decretos u ordenanzas que en cualquier forma tiendan a restringir directa o encubiertamente el ejercicio de la libertad de expresión. Las instalaciones y equipos de los medios de difusión no pueden ser objeto de imposiciones extraordinarias, ni de clausura, confiscaciones o decomisos. Toda norma en contrario es absolutamente nula”.
La democracia tiene un fundamento: la tolerancia. Si solo pueden opinar los que aplauden a un gobierno o a una determinada posición ideológica, no tiene sentido abrir las páginas a comentarios. Pero tampoco tendría en ese caso sentido la democracia o la división de poderes.
El texto constitucional es explícito y claro, porque en la vida democrática las inquisiciones no tienen espacio.
Si todos tienen derecho a opinar, quiere decir que no hay ninguno que no lo tenga.
Los comentarios en las páginas digitales critican muchas veces a los periodistas. Hay que saber tolerarlos, porque es el precio de la libertad de expresión.
Finalmente: si el juez Poviña conoce las identidades reales de los tres usuarios y considera que delinquieron, lo que corresponde es que movilice a las fuerzas del Estado sin poner en riesgo derechos fundamentales de las personas, como es la libertad de expresión.
Fuente: Diario El Tribuno

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