domingo, 5 de junio de 2016

Leyes audiovisuales en América Latina ¿buen ejemplo o un experimento a evitar?

Esta pregunta se la plantea el portal VozPópuli, ante el debate que propone Podemos. A raíz del fin de la ley de comunicación impulsada por Kirchner, echamos la vista atrás para ver lo que ha sido de los intentos por regular la concentración por parte de los Gobiernos de izquierda de América Latina
Juan Carlos Monedero, Pablo iglesias e Iñigo Errejón en la Asamblea Ciudadana de Podemos. - Imagen EFE
Por: Jorge Solís @JorgeSolisLlano
Se ha hablado mucho de Podemos y de aquello que supuestamente van a hacer o no con los medios de comunicación si llegan al poder. De momento, lo único cierto es lo que la formación propuso en su programa electoral para los pasados comicios, pero las últimas polémicas entre Pablo Iglesias y la prensa, en concreto, sus palabras sobre el periodista de El Mundo, Álvaro Carvajal, volvieron a poner en el centro del foco mediático la relación o la 'futura relación' de Podemos y los medios a raíz de los modelos de comunicación sobre los que los dirigentes del partido han mostrado al menos su simpatía antes de saltar al torbellino mediático.

Desde La Tuerka, en el momento en el que Pablo Iglesias estaba al frente de la misma, se emitió el documental 'Una mosca en una botella de Coca-Cola', cuyo guión estaba escrito por el líder de Podemos y la dirección a cargo de Javier Couso, eurodiputado de IU, en el que se exponían los modelos latinoamericanos de comunicación como ejemplos de la lucha contra los oligopolios empresariales y como forma de incluir a la ciudadanía en el mundo de la comunicación. En este documento audiovisual, ya recogido ampliamente en diversos medios de comunicación, participaron periodistas vinculados a los principales medios del país, además del ex número dos de Podemos y hombre de confianza de Iglesias, Juan Carlos Monedero.
Pero la emisión de un documental y la simpatía de algunos de sus más ilustres miembros no puede ser la hoja de ruta para definir lo que quiere Podemos en materia de comunicación. Y es que para las elecciones del 20D, la formación que dirige Pablo Iglesias apostaba por reformar la Ley General de la Comunicación Audiovisual para integrar en su texto la figura de un consejo audiovisual que "vele por el cumplimiento de la norma vigente", desarrollar un Estatuto de la información "que proteja el derecho a la información de la ciudadanía y recoja los deberes y derechos de medios y periodistas" para garantizar su independencia e involucrar a la ciudadanía en los medios sin ánimo de lucro y de titularidad pública a través de plataformas digitales interactivas, del Observatorio de la Cultura, el Consejo Social o el Defensor del Usuario.

América Latina tiene una idiosincrasia completamente distinta a la europea y sus leyes tienen razones históricas distintas. Hace unos meses el nuevo Gobierno argentino, vanguardia de un posible cambio de ciclo en América Latina -en donde la izquierda esta perdiendo parte de sus apoyos-, acabó con la ley de medios impulsada por Cristina Fernández de Kirchner, que aparece en el documental de Couso. Ahora es conveniente abordar cómo han sido o son estas leyes audiovisuales, qué han generado y más importante: ¿son algunos de sus puntos un buen ejemplo o por el contrario son un experimento a evitar?

Argentina
Entre 2009 y 2015 la regulación de los medios en Argentina ha tenido como intermediario los juzgados, y es que la batalla legal entre el Gobierno de Cristina Fernández de Kirchner y el grupo Clarín ha marcado la política mediática de la expresidenta argentina. En octubre de 2009, tras una desavenencia entre el mayor grupo de comunicación del país americano y el Ejecutivo de Kirchner, la presidenta lanzó una nueva norma que buscaba sustituir a la ley de medios establecida durante la dictadura argentina por el general Jorge Videla. Dicha reforma tenía un objetivo central: acabar con la concentración. Según el texto, se reserva un 33% del espectro para entidades sin ánimo de lucro, para el Estado se guardan "las frecuencias necesarias para el cumplimiento de los objetivos de Radio y Televisión Argentina", además de los canales provinciales, municipales y vinculados a organizaciones sociales y universitarias, mientras que el resto se mantiene para ámbito comercial.

La norma argentina crea la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual, por la cual se pasa de una autoridad reguladora con dependencia absoluta del Gobierno a través de un interventor a un organismo formado por miembros del poder Ejecutivo y diputados de la oposición, y controlada por una comisión de representantes de provincias, universidades y organizaciones de los pueblos originarios. La ley regula también la cantidad de publicidad, establece un mínimo de producción nacional en los medios (salvo excepciones, como cadenas temáticas o los canales americanos, que negociaron mantener su producción externa) y se regula el tiempo y cantidad de las licencias que puede tener una persona, así como su renovación. En concreto, la ley argentina impedía a un grupo de comunicación ejercer como distribuidor y generador de contenidos, separando ambos campos. Impidiendo además las prácticas de anticompetencia y la concentración.

El investigador de la Universidad de Buenos Aires, Martín Becerra, apunta que tras los seis años de la ley audiovisual, el sector de radio y televisión de Argentina "está, al menos, tan concentrado como en 2009". Detalla que cambiaron algunos titulares, pero, por ejemplo, el grupo Clarín -principal afectado por las normas de desconcentración- "crece en el mercado del cable, donde ostenta una posición dominante e incrementa año tras año su facturación". Además, apunta, Telefónica fue indultada de la incompatibilidad legal múltiple en la que incurría al gestionar, a través de la marca Telefe, una gran cantidad de canales de TV en el país. Apunta además que a finales de 2014 "el oficialismo certificó su abandono del objetivo desconcentrador que inspiró la ley audiovisual con la sanción de la ley TIC 'Argentina Digital'", una norma que habilita la apertura del sector audiovisual a las telefónicas, con un modelo de mercado "convergente, concentrado y extranjerizado"

Concretamente, durante los seis años, se han otorgado en materia de concesiones a organizaciones sin ánimo de lucro doce licencias por concursos, ocho autorizaciones a emisoras de TV de baja potencia, 107 adjudicaciones directas, 71 de ellas a cooperativas y el resto a emisoras de baja potencia, lo que para Becerra refleja "la falta de prioridad que tuvo este sector en las políticas ejecutadas por el gobierno". Por contra, antes de la derrota en las elecciones de 2015, seguían abiertos 15 procesos de adecuación de grupos privados, un plan de desconcentración que tras seis años de discursos a favor de la misma seguía pendiente.

En enero de 2016, el nuevo presidente argentino, Mauricio Macri, emitió un decreto, más tarde aprobado por la cámara de diputados, en el que modificaba sustancialmente la ley de medios de Argentina. Si bien esta modificación ha sido acogida con los brazos abiertos por los grandes grupos de comunicación del país, el investigador de la UBA asegura que Macri "tomó el control de la política de medios realizando modificaciones que afectan de modo notable a la estructura de propiedad del sector en consonancia con los intereses de los principales operadores empresariales". Becerra apunta que Macri adecua la ley "a la estructura y necesidades de los principales grupos" creando un modelo "conservacionista, anticoncurrencial, proteccionista y alentador de una mayor concentración del sistema de producción y circulación de información". Un modelo, que apunta, conduce a un "duopolio o, en el mejor de los casos, un oligopolio". Según sostiene el investigador ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, en una audiencia sobre la nueva norma, "casi el 40% de las licencias de TV están en manos de dos grupos económicos y el 83% de los hogares del país reciben televisión de pago, de los cuales casi el 70% está controlado por dos grupos". La audiencia tuvo lugar a raíz de que varias organizaciones de la sociedad civil la pidieran considerando que la nueva regulación ataca la libertad de expresión.

Venezuela
El caso venezolano es uno de los más controvertidos. Con la llegada de Hugo Chávezal poder en Venezuela, la estructura de medios cambió por completo en el país americano. "El Gobierno de Chávez armó una arquitectura para controlar a los medios y a la prensa libre", detalla a Vozpópuli Antonio Fernández Naif, excoordinador de política del diario El Nacional, que vivió muy de cerca la aplicación de las normas de comunicación del chavismo: la ley de telecomunicaciones del año 2000, la ley resorte del año 2004 o la nueva reforma de la ley resorte para el ámbito digital en el año 2011. A través de las distintas regulaciones el PSUV intentó ocupar un espacio mediático dominado al completo por empresas privadas, un panorama que ha dado un vuelco a lo largo de estos más de 16 años en el Gobierno.

La ley de telecomunicaciones del año 2000 establece competencias estatales para la regulación del sector de las telecomunicaciones a la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel), establece una nueva regulación de medios por la que busca "promover el desarrollo y prestación de servicios de telecomunicaciones eficientes, buscando mantener el equilibrio entre la eficiencia económica y la equidad social", promoviendo además el acceso a los ciudadanos a los servicios de telecomunicaciones. En esta norma se daba el poder a Conatel para cortar la señal a cualquier cadena que incumpliera las normas establecidas por la Comisión y el Ejecutivo. Cuatro años más tarde, y después del golpe de Estado en el que se cortó la señal de la cadena Globovisión, el Gobierno saca adelante la Ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión, más conocida como Ley Resorte.

La ley resorte, según detalla Fernández Naif "fue muy contestada porque ponía muchas cortapisas a la iniciativa privada" y añade que "como ocurre con casi todas las leyes en Venezuela: son instrumentos al servicio del Gobierno para detener y controlar a los medios privados y abrir espacios para el sector público que controla". Básicamente, resume, "lo que se hizo con esta ley es colocar aduanas para que los medios privados no pudieran retrasmitir determinadas cosas a ciertas horas". A través de esta ley de responsabilidad se busca establecer una responsabilidad social de los medios para no emitir actos violentos en horario en el que los niños puedan ver la televisión: entre las 9 de la mañana y las 11 de la noche, es decir, prácticamente todo el día; lo que bloqueaba la emisión de protestas.

"Entonces no puedes retransmitir en vivo unas protestas", comenta el periodista, que explica que la gente comenzó a informarse de otra manera, a lo que contribuyeron ampliamente más tarde las redes sociales. "La situación era muy difícil porque había muchas protestas, pero no se podía transmitir en directo". Además, apunta Fernández, "la ley Resorte iba acompañada de sanciones administrativas contra todos los canales críticos con el régimen". Según recoge la ley: "Se sancionará al prestador de servicios de radio, televisión, difusión por suscripción, en los casos que le sea aplicable, con multa desde el tres por ciento (3%) hasta el cuatro por ciento (4%) de los ingresos brutos causados en el ejercicio fiscal, inmediatamente anterior a aquel en el cual se cometió la infracción" en casos como: "Difunda publicidad de bienes o servicios dirigidos a niños, niñas y adolescentes que muestre o utilice en cualquier forma la violencia", "difunda propaganda anónima", "difunda mensajes que muestren la violencia como una solución fácil o apropiada a los problemas o conflictos humanos", "difunda mensajes que inciten al incumplimiento del ordenamiento jurídico vigente", entre otros.
Además, detalla el periodista venezolano, "estas medidas estaban acompañadas de una gramática permanentemente descalificadora contra los periodistas, los medios y los dueños de estos". "Había amenazas permanentes por parte de Contael", explica. "Te amenazaban: 'Si no sacas esto te quito la concesión'", y apunta que ponían contenidos en horarios en los que nadie veía el contenido. "Ellos decían que estaban en una guerra mediática", señala. En su caso, esto no le afectó de forma directa, pues en prensa escrita, afirma, no se aplicaba la ley de telecomunicaciones ni la ley resorte, pero lo que hacían "era cortar el suministro de papel". Además de las amenazas y presiones: "presiones, presiones presiones. Te mandaban a los círculos bolivarianos (grupos de agitación) al periódico. Te amenazaban, en personas, por teléfono, y todo con total impunidad porque eran aliados de ellos".

Uno de los puntos de la ley Resorte con las que el Ejecutivo venezolano intentó abrir el espectro radioeléctrico a la ciudadanía fue la figura del productor nacional independiente. A través de esta figura, el Ejecutivo abría el espacio a diferentes sectores de la sociedad, como organizaciones sociales, aunque, según sostiene Fernández Naif, esto también se usó para que se concedieran más espacios a partidarios del régimen, ya fueran organizaciones o ciudadanos, y además se usó como medida de presión. El periodista relata el caso de William Echeverría, quien tenía un programa matutino para comentar la noticias, que tuvo que hacerse productor nacional independiente para poder conservar su programa. "Eso estaba hecho para democratizar el espectro radioeléctrico, pero lo que realmente hace Conatel es darle concesiones a periodistas afines", detalla.

En 2011, y debido a la progresión de las redes sociales, el Gobierno venezolano reformó la ley resorte para incluir a los medios digitales. La nueva norma prohibía la publicación de contenido violento a cualquier hora del día bajo amenaza de cierre. "Es bastante inaplicable. Ves los medios y lo están publicando", argumenta Fernández Naif sobre la reforma, aunque añade que "han sacado de la línea a varios sitios, pero los sitios grandes no se atreven a sacarlos todavía".

Bolivia
La ley boliviana que regula las telecomunicaciones fue una de las últimas en aprobarse, y ha sido una de las que menos controversia ha generado, aunque no ha estado exenta de críticas. La ley General de Telecomunicaciones, Tecnologías de Información y Comunicación fue aprobada en agosto de 2011 y por ella se dividían las frecuencias de radiodifusión en un 33% para el ámbito comercial, un 33% para el Estado, un 17% para los pueblos indígenas y campesinos, y otro 17% para las organizaciones sociales. Este reparto supone en la práctica que un 33% de las frecuencias se destinaban al ámbito privado, mientras que el 67% pasaba a manos del Estado, por su cercanía tanto a organizaciones sociales como indígenas. Antes de dicha ley, según apuntaba el documental de Couso, el 90% de la propiedad de las frecuencias pertenecía a medios privados.

Según el texto de la ley, ésta busca "garantizar la distribución equitativa y el uso eficiente del recurso natural y limitado del espectro radioeléctrico", así como asegurar el acceso universal de los ciudadanos a la misma. La norma establece además una única autoridad reguladora, la Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes (ARFTT), y se prohíben las prácticas anticompetitivas, desleales y la concentración económica, así como la formación de monopolios u oligopolios de forma directa o indirecta.
Entre los puntos más controvertidos de la ley se encuentra la obligación de retransmitir dos veces al año en ámbito nacional un discurso del presidente Evo Morales - uno a principios del año y otro a mediados - y otro que permite al Estado pinchar teléfonos cuando lo crea conveniente "en caso de peligro para la seguridad del Estado". Pero más allá de estas críticas, un estudio realizado por Article 19, una organización sin ánimo de lucro que defiende el derecho a la libertad de expresión, apunta que pese a que recibe "con beneplácito" la ley, hay ciertos aspectos problemáticos que afectan a la libertad de expresión. La organización apunta en primer lugar que la autoridad regulatoria no es un autoridad independiente, dado que no establece disposiciones sobre la estructura de autoridad o el nombramiento de sus miembros, lo que le lleva a indicar que ésta "carece por completo de la independencia y la autonomía que exige el derecho internacional", y que se hace "evidente que la autoridad es parte del Ejecutivo".

Por otro lado, Article 19 detalla que los procesos establecidos en la concesión de licencias "carece de claridad y transparencia", dado que los detalles del proceso de las mismas no aparecen en los reglamentos. Precisamente esta ausencia llevó al Gobierno a aprobar un decreto supremo que reglamenta a la Ley para establecer que una vez finalizada la licencia, una radio debe dejar de operar y realizar una "licitación pública" para acceder de nuevo a una frecuencia. La aplicación de esta reforma ha llevado a más de 200 emisoras a emitir de forma ilegal mientras llevan a cabo su proceso de renovación, mientras que, según señalaba el diario El deber, hasta 500 emisoras tendrían que cerrar de forma gradual por el decreto.

Otro de los puntos más controvertidos de la norma es el de las sanciones. La ley contempla el secuestro de equipos, componentes, piezas y materiales como medida precautoria ante el incumplimiento de las normas dispuestas en los reglamentos y que supondrá la pérdida total de la propiedad del equipo pertinente. Según indica Article 19, esta medida "constituye una grave interferencia en la libertad de expresión" y la califica de "extrema". "El artículo 96 dispone que el secuestro no solo puede usarse como sanción, sino también como medida precautoria", apunta el estudio, que añade que no se recoge que estas sanciones sean impuestas tras un proceso justo y público, y tampoco que se tenga el derecho a demandar la revisión judicial.

Ecuador
La ecuatoriana es la ley que más tarde ha visto la luz -en junio de 2012-, pese a que fue propuesta en 2009, y ha generado una gran controversia en el país, llegando a paralizarse su sanción. La norma, denominada Ley Orgánica de Comunicación de Ecuador, fue ratificada en un referéndum por la ciudadanía en 2011 y recoge, entre otros puntos destacables la incompatibilidad del sector bancario con la propiedad de los medios de comunicación, la incompatibilidad también con la propiedad de los mismos por parte de empresas o ciudadanos extranjeros, así como "la difusión de información que, de manera directa o por medio de terceros, sea producida de forma concertada y publicada reiteradamente a través de uno o más medios de comunicación con el propósito de desprestigiar a una persona natural o jurídica o reducir su credibilidad pública". Además, la legislación prohíbe la censura previa y se compromete con el pluralismo de los medios, la promoción del contenido local y un criterio de igualdad a la hora de realizar una cobertura electoral.

La ley establece una división del espectro radioeléctrico en consonancia con el resto de legislaciones abordadas, reservando el 33% de las frecuencias para los medios públicos, el 33% para los medios privados, y el 34% para medios comunitarios. Además, también como el resto de legislaciones, buscaba evitar la concentración de los medios y las prácticas anticompetencia a través de la prohibición de que "una persona natural o jurídica concentre o acumule las concesiones de frecuencias o señales de radio y televisión". Además, la ley crea un Consejo de Regulación y Desarrollo de la Comunicación, órgano público con potestad regulatoria.

Según la norma, los medios del país tienen el deber de "cubrir y difundir los hechos de interés público" y la omisión deliberada y recurrente de los mismos "constituye un acto de censura previa. Quienes censuren previamente o ejecuten actos conducentes a realizarla de manera indirecta, serán sancionados administrativamente". Además, el documento recoge un derecho de rectificación frente a información "no demostrada, falsa o inexacta" que obliga al medio a publicar una rectificación inmediata y gratuita en formato similar y horario similar, algo que si no se cumple está sancionado con multas -un estudio de Article 19 recomendaba limitar la rectificación a hechos inexactos, y no referirse a enunciados claramente atribuidos a terceros-. Precisamente a raíz de este último punto, a mediados de 2015, dos años después de que la ley naciera, según publicó el diario El País se habían realizado un total de 506 procesos, en los que hasta la fecha se habían resuelto 313 resoluciones, de las que 185 habían acabado con sanción económica, suponiendo un ingreso de 201.596 euros para el Estado.
Según detallaba el rotativo español, varios medios de comunicación del país tuvieron que publicar forzosamente una nota maquetada y redactada a los diarios sobre los nuevos impuestos y la ley de Seguridad Social impulsada por el Ejecutivo. "Al recibir los textos de la Secretaría de Comunicación, los periódicos los publican tal cual, ya diagramados, con titulares, e incluso con epítetos y descalificaciones contra el propio medio", detallaban al diario de Prisa desde la Asociación Ecuatoriana de Editores de Periódicos. Además, el diario El Universo fue condenado a pagar 350.000 dólares (311.000 euros) por no publicar en dos ocasiones el texto íntegro que le enviaran desde el organismo regulador. Las multas por reincidencia son "el equivalente al 10% de la facturación promediada de los últimos tres meses presentadas en sus declaraciones al Servicio de Rentas" y en caso de "nuevas reincidencias, la multa será el doble de lo cobrado en cada ocasión anterior".

Según el estudio de Article 19, el Gobierno ecuatoriano ha pasado "de controlar solamente una emisora de radio a manejar un gran conglomerado de medios, que incluye cinco canales de televisión y varios periódicos de amplia tirada, dándole una porción del mercado que muchos consideran excesiva". Además, apunta, "el Gobierno también ha sido acusado de aprovecharse de este nuevo aparato mediático para desacreditar a oponentes políticos y periodistas críticos".
Fuente: VozPópuli

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