martes, 2 de agosto de 2016

Una empresa de Clarín y una británica nuevos prestadores del servicio de telefonía fija y móvil en el país

El Gobierno otorgó hoy a la empresa CMD, del Grupo Clarín y Virgin Mobile Argentina licencias para operar servicios de telecomunicaciones, sea fijo o móvil, nacional o internacional. La Compañía de Medios Digitales (CMD) es una empresa que desarrolla los contenidos digitales del Grupo Clarín. El Ente Nacional de Comunicaciones publica en el Boletín Oficial que les otorgó la Licencia Única Argentina Digital, que la habilita a prestar al público todo servicio de telecomunicaciones, sea fijo o móvil, alámbrico o inalámbrico, nacional o internacional

Ente Nacional de Comunicaciones
Resolución 6035/2016
Buenos Aires, 14/07/2016
Visto el Expediente N° 11.255/2006 del Registro de la ex Comisión Nacional de Comunicaciones, y

Considerando:
Que, por el Decreto N° 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, se creó en el ámbito del Ministerio de Comunicaciones, el Ente Nacional de Comunicaciones, organismo autárquico y descentralizado, como Autoridad de Aplicación de las leyes Nros. 27.078 y 26.522, sus normas modificatorias y reglamentarias, asumiendo las funciones y competencias de la ex Autoridad Federal de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y de la ex Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual.

Que la empresa Compañía de Medios Digitales Sociedad Anónima (CUIT 30-70918629-5) solicitó que se le otorgue Licencia Única de Servicios de Telecomunicaciones y el registro de los Servicios de Valor Agregado (Acceso a Internet) y Transmisión de Datos.

Que la Ley N° 27.078 de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones sancionada el 16 de diciembre de 2014, modificada por el Decreto N° 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, estableció pautas y principios relativos al otorgamiento de una Licencia para la prestación de los servicios de Tecnología de la Información y las Comunicaciones (Servicios de TIC).

Que conforme lo dispuesto en su artículo 92, resulta de aplicación el Reglamento de Licencias de Servicios de Telecomunicaciones aprobado como Anexo I del Decreto N° 764/00, en todo lo que no se oponga a la citada Ley y hasta tanto se dicte una nueva reglamentación en la materia.

Que el aludido Reglamento, estableció los principios y disposiciones que rigen el otorgamiento de la Licencia Única de Servicios de Telecomunicaciones, el registro de nuevos servicios y la prestación de servicios de telecomunicaciones.

Que de conformidad con lo previsto en el Punto 4.3 del Artículo 4° del Reglamento citado precedentemente, el otorgamiento de la licencia es independiente de la existencia y asignación de los medios requeridos para la prestación del servicio.

Que si un servicio requiere la utilización de frecuencias del espectro radioeléctrico, la licencia no presupone la obligación del Estado Nacional de garantizar su disponibilidad, debiendo la autorización y/o el permiso de uso de frecuencias del espectro radioeléctrico tramitarse ante este Organismo, de conformidad con los términos y condiciones estipulados en el Reglamento Sobre Administración, Gestión y Control del Espectro Radioeléctrico, aprobado como Anexo IV del Decreto N° 764 de fecha 3 de septiembre de 2000.

Que se han expedido las Áreas Técnicas pertinentes, cuyas intervenciones dan cuenta del cumplimiento por parte de la empresa Compañía de Medios Digitales Sociedad Anónima (CUIT 30-70918629-5) de los requisitos previstos en el Reglamento de Licencias mencionado para el otorgamiento de la licencia y el registro de los servicios a su nombre.

Que ha tomado la intervención que le compete el servicio jurídico permanente de este Ente Nacional de Comunicaciones.

Que el Directorio del Ente Nacional de Comunicaciones acordó el dictado del presente acto administrativo, mediante la suscripción del Acta N° 8 de fecha 7 de julio de 2016.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 267/2015 y el Acta de Directorio N° 1 de fecha 5 de enero de 2016 del Ente Nacional de Comunicaciones.

Por ello,
El Presidente del Ente Nacional de Comunicaciones
Resuelve:
Artículo 1° — Otórgase a la empresa Compañía de Medios Digitales Sociedad Anónima (CUIT 30-70918629-5) Licencia Única Argentina Digital, que la habilita a prestar al público todo servicio de telecomunicaciones, sea fijo o móvil, alámbrico o inalámbrico, nacional o internacional, con o sin infraestructura propia, en los términos del Anexo I del Decreto N° 764 de fecha 3 de septiembre de 2000.

Artículo 2° — Regístrese a nombre de la empresa Compañía de Medios Digitales Sociedad Anónima (CUIT 30-70918629-5) en el Registro de Servicios previsto en el apartado 5.4. del Artículo 5° del Anexo I del Decreto N° 764 de fecha 3 de septiembre de 2000, el Servicio de Valor Agregado (Acceso a Internet) y Transmisión de Datos.

Artículo 3° — La presente licencia no presupone la obligación del Estado Nacional de garantizar la disponibilidad de frecuencias del espectro radioeléctrico para la prestación del servicio registrado, debiendo la autorización y/o el permiso de uso de frecuencias del espectro radioeléctrico tramitarse ante este Organismo, de conformidad con los términos y condiciones estipulados en el Reglamento Sobre Administración, Gestión y Control del Espectro Radioeléctrico vigente y en la demás normativa aplicable.

Artículo 4° — Notifíquese al interesado conforme a lo establecido en el Artículo 11 de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549 y de conformidad con los términos y alcances previstos en el Artículo 40 y concordantes del Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto N° 1.759/72 T.O. 1991.

Artículo 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Miguel Angel de Godoy, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.

Gobierno autorizó a empresa multinacional británica para operar el servicio de telefonía fija y móvil en el país
El Gobierno otorgó hoy a la empresa Virgin Mobile Argentina la licencia para operar servicios de telecomunicaciones, sea fijo o móvil, nacional o internacional

Así quedó establecido a partir de una resolución del Ente Nacional de Comunicaciones (ENaCom) publicada este martes en el Boletín Oficial.

"Otórgase a la empresa Virgin Mobile Argentina Sociedad Anónima, Licencia Única Argentina Digital, que la habilita a prestar al público todo servicio de telecomunicaciones, sea fijo o móvil, alámbrico o inalámbrico, nacional o internacional, con o sin infraestructura propia", según el primer artículo del texto oficial.

A partir de este martes, esta compañía -de origen norteamericano- tendrá un plazo de 180 días para que "proceda a acompañar ante el ENaCom, la copia certificada por escribano público, de la constancia definitiva de inscripción en el registro correspondiente, del Acta de Asamblea General Ordinaria N° 7, de fecha 17 de marzo de 2016", de acuerdo con lo dispuesto.

Ese requisito será indispensable para que Virgin pueda operar efectivamente en el país.

Además, el Poder Ejecutivo aclaró que la licencia "no presupone la obligación del Estado Nacional de garantizar la disponibilidad de frecuencias del espectro radioeléctrico, para la prestación del servicio registrado, debiendo la autorización, y/o el permiso de uso de frecuencias del espectro radioeléctrico, tramitarse ante el ENACOM".

Virgin Mobile es un proveedor de telefonía que desde 1999 forma parte del conglomerado Virgin Group, y tiene presencia en Reino Unido, Colombia, Estados Unidos, Canadá, Chile, Sudáfrica, Francia, India, Australia, México, Perú y ahora, Argentina.

Además, fue la primera Operadora Móvil Virtual del mundo, es decir, puede brindar el servicio de conectividad móvil sobre las redes de terceros.
Fuente: Noticias Argentinas

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