martes, 28 de marzo de 2017

#TodosSomosBarcelona: Confirman sentencia contra la revista

La Sala D de la Cámara Civil confirmó la sentencia contra la revista Barcelona en la demanda que inició Cecilia Pando en el año 2013. Además elevó el monto de la indemnización de 40 mil a 70 mil pesos. La publicación recurrirá ahora a la Corte Suprema. La indemnización no debe llegar "al punto de sojuzgar al medio periodístico de manera de impedirle el cumplimiento de tan excelsa tarea", dice el fallo. Para la directora de Barcelona, Ingrid Beck, "70.000 pesos implican su cierre definitivo"
Cecilia Pando en una semana de éxitos, titula PáginaI12
Un tribunal de Cámara ratificó la sentencia en primera instancia a favor de la negacionista Cecilia Pando y elevó el monto de la indemnización de 40 mil a 70 mil pesos contra la publicación por haber satirizado su imagen

La Sala D de la Cámara Civil confirmó el fallo en primera instancia contra la Revista Barcelona en la querella iniciada por la apologista del terrorismo de Estado Cecilia Pando. Con un agravante: de 40 mil pesos de indemnización se pasa a 70 mil. De esta forma se complica la subsistencia del medio. la revista apelará ante la Corte Suprema.

Los jueces Patricia Barbieri, Osvaldo Onofre Álvarez y Ana María Brilla de Serrat ratificaron la sentencia del año pasado de la jueza Susana Nóvile. Pando, una reconocida negacionista del genocidio cometido por la dictadura militar había llevado a Barcelona a la Justicia por sentirse agraviada con un montaje fotográfico de la publicación.

Pando había sido satirizada en una contratapa, con su cara pegada a un cuerpo desnudo de mujer, rodeada de sogas y la leyenda “¡Para matarla! ¡Soltá al Genocida que llevás dentro!”, más frases como Ceci Pando se encadena para vos” y “Las chicas quieren guerra antisubversiva”. Eso inició la querella.

El tribunal de Cámara se amparó en fallos de Estados Unidos y España que condenaron la sátira, aunque reivindicando la libre expresión y que no puede haber caso de censura previa. Incluso citan la definición de sátira del Premio Nobel italiano Dario Fo: “la sátira es la forma más directa de entender la verdad de las cosas, es desnudar el poder para poder leerlo mejor”.

Con todo, los jueces consideraron que “el derecho a la imagen sólo cede ante el interés general relacionado con fines didácticos, científicos y culturales, es decir, que si falta el fin legitimante, la antifuncionalidad del acto basta para que sea resarcible el daño producido al afectado por la información. (…) Es decir que, en tanto esos intereses no concurren, la parodia o caricatura no pueden entenderse como el ejercicio de crítica política o social a través de la sátira y el humor”.

Así se fundamento la ratificación del fallo, que casi duplica el monto a pagar a Pando, más las costas del proceso. El fallo original había considerado que Pando no era una persona pública “cuando la propia Pando, con artesanal paciencia, construyó una figura pública con ayuda de los medios de comunicación que la erigieron en vocera de los silenciosos genocidas” recordó en su momento el ya fallecido abogado Pablo Jacoby, quien patrocinó a Barcelona.

Ingrid Beck, directora de Barcelona, fue categórica tras conocerse la noticia. “70 mil pesos implican el cierre definitivo de la revista”. También recordó que esta misma Cámara ordenó el secuestro de ejemplares de la revista por pedido de Pando.

“Más allá de diferencias políticas o ideológicas, este fallo vuelve a sentar un pésimo precedente para la libertad de expresión en el país”, agregó la directora de la revista, quien adelantó que irán a la Corte Suprema de Justicia. También recalcó que en 14 años de publicación, éste es el único juicio que ha afrontado Barcelona.

Por su parte, el investigador de medios Martín Becerra aseguró que “con asombrosas contradicciones argumentales y una resolución divorciada de los fundamentos invocados, la Cámara de Apelaciones recorta con esta decisión los márgenes del ejercicio de la sátira y la crítica corrosiva sobre el accionar público de figuras públicas”.

Los jueces civiles y la Revista Barcelona
El juicio que Cecilia Pando inició a la publicación satírica plantea un debate en torno a la reputación de un personaje público y la libertad de expresión
Por: Juan Vicente Sola
El discurso político. La democracia necesita del mantenimiento de la competencia política para no caer en el despotismo, requiere un debate político libre y de la amplia diseminación de la información entre los ciudadanos. Cualquier restricción del discurso político limita la democracia. Necesita de la protección continuada de la expresión frente a los fanáticos que reclaman de privilegios especiales por su conocimiento de la verdad. Conceptos como “tengo el derecho de perseguirlo porque yo tengo la razón y Ud. está equivocado” son más habituales de lo imaginado en las sociedades actuales. El discurso político debe gozar de la más alta protección constitucional en una democracia debido a su necesidad central para la competencia política. El discurso político ha sido llamado un bien público doble, porque expresa ideas y constituye la participación en el debate político.

Las personalidades públicas, el requisito de la real malicia. En los casos de personalidades públicas que intentan querellar a un ciudadano crítico de sus actividades se plantea un conflicto de reconciliar el interés del funcionario público demandante por mantener su reputación, frente a la libertad de expresión del ciudadano crítico. En este último caso hay un interés general de mantener la extensión de la libertad de expresión particularmente en cuanto a los actos de personalidades públicas, es por ello que se exigió un requisito particular para que este tipo de querellas tengan éxito, la llamada ‘real malicia’.

Es decir: las figuras públicas deben aceptar un mayor control de la prensa porque es una manera de fomentar el debate político. En este caso una persona participa en un debate político y realiza actos para llamar la atención. Una revista de sátira política caricaturiza ese comportamiento público. Esa caricatura está protegida por la Constitución.

La libertad de expresión incluye aceptar la ironía, las caricaturas y todas las formas que toma el debate político. Lo hacía El Mosquito con Sarmiento, Caras y Caretas con Yrigoyen, y Tía Vicenta con Frondizi e Illia. Esta última fue clausurada por el dictador Onganía. Aún el discurso enfurecedor, cuando el mensaje plantea una situación que podría ser considerada de mal gusto extremo.

Las personas que participan en el debate público deben aceptar las bromas y las caricaturas. Sin ello no hay democracia posible. La libertad de expresión es el centro del Estado de Derecho.
*Abogado constituionalista. Profesor de Derecho de la UBA
Fuentes: PáginaI12, Perfil

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